Por: Alejandra Quechol Delgado
En noviembre pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un amparo interpuesto por Artículo 19, organización defensora de la libertad de expresión, en contra de la omisión del Congreso de la Unión de emitir una Ley que regulara la Publicidad Oficial, es decir, los recursos asignados por las dependencias y entidades públicas destinados a medios de comunicación.
En 2007, con la reforma político-electoral, se agregó al artículo 134 constitucional un párrafo que establece que: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.
Sin embargo, para acatar lo que este párrafo señala, era necesario emitir una ley que marcara los criterios y principios bajo los cuales se regularía. En un principio, los legisladores se autoimpusieron un plazo de 30 días, situación que se incumplió.
Con la Reforma político-electoral de 2014, nuevamente se estableció un plazo para que dicha ley se emitiera. El plazo concluyó el 30 de abril de ese año siendo nuevamente incumplido.
Ante estas fallas, Artículo 19 presentó un amparo, el cual fue aprobado por la Corte y con el cual se obliga al Congreso a crear, antes del 30 de abril de este año, la ley en materia de publicidad gubernamental que se había prometido anteriormente.
Pero, ¿qué es la publicidad oficial? De acuerdo con los Principios sobre Regulación de la Publicidad oficial y Libertad de Expresión emitidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se puede entender como publicidad oficial a “toda comunicación, anuncio, o espacio solventado con fondos públicos, en cualquier medio de comunicación y en cualquier soporte” es decir, spots de radio, comerciales televisivos, publicidad en salas de cine, carteles, espectaculares y medios digitales, entre otros.
Ante este escenario, se conformó el Colectivo #MediosLibres respaldado por organizaciones civiles, académicas y empresariales, así como por medios de comunicación y periodistas, entre las que se encuentran la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc); la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi); el Colectivo Ciudadan@s por la Transparencia (Cimtra); Fundar, Centro de análisis e investigación, y el Observatorio de Transparencia Con los Ojos Abiertos de la Ibero Puebla, entre otros.
Fragmento del texto publicado en nuestra edición 77, disponible en los revisteros de la Universidad.
